Estas son las nuevas normas de la DGT para 2021
Sanciones de la DGT más duras para el móvil o el cinturón, adiós a rebasar el límite de velocidad para adelantar y a los patinetes eléctricos en las aceras.
Aunque se aprobaron en el pasado mes de noviembre, con la llegada del nuevo año ya han comenzado a entrar en vigor las modificaciones a las normas de tráfico que aprobó el Gobierno para este 2021. Así que este es el mejor momento para echar un vistazo a todas las novedades, conocer las sanciones que pueden implicar y cuándo entrarán en vigor.
Sanciones de la DGT más duras por no llevar el cinturón, usar el móvil o detector de radar
Una de las primeras modificaciones que ha realizado la DGT es endurecer las sanciones económicas y de puntos que conlleva usar el móvil, un detector de radar o no llevar el cinturón de seguridad:
- Seis puntos y 200 € por utilizar el teléfono. El doble de puntos que en 2020, aunque la multa económica se mantiene.
- Cuatro puntos y 200 € por no llevar el cinturón de seguridad, usar sillitas infantiles o casco o utilizarlos de forma incorrecta. Uno más que el año anterior.
- Tres puntos y 200 € por usar o llevar instalado en el coche un detector de radar.
Al ser una reforma de la Ley de Tráfico y Circulación, todavía no hay fecha para la entrada en vigor. Necesita una aprobación definitiva en el Congreso de los Diputados, pero seguramente se realice a lo largo el 2021.
Adiós a rebasar la velocidad máxima para adelantar
Otra de las modificaciones que nos trae este 2021 es la supresión de la posibilidad de superar la velocidad máxima hasta 20 km/h en carreteras convencionales a la hora de adelantar. O lo que es lo mismo, no podremos llegar hasta los 110 km/h en una vía secundaria cuyo límite sea 90 km/h para rebasar con más facilidad a un camión. Esta medida entrará en vigor el 11 de mayo de 2021.
Nuevas normas para los patinetes eléctricos
Las últimas modificaciones, que casualmente han sido las primeras en entrar en vigor, han sido las relacionadas con los patinetes eléctricos (“vehículos de una o más ruedas de una plaza con motor eléctrico”). Estas son las normas que tendrán que acatar desde el 2 de enero:
- Prohibido circular por las aceras y zonas peatonales. A partir de ahora deberán circular por la carretera o carriles bici y cumplir con las normas de circulación al igual que el resto de vehículos. Eso sí, tienen prohibida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas o autovías.
- Velocidad máxima de 25 km/h.
- Deberán contar con un certificado de circulación que acredite que cuentan con los requisitos técnicos contemplados en la ficha de características. Aunque esta medida todavía no se ha aprobado y no será obligatorio hasta pasados dos años.
Queda en el aire la exigencia de llevar casco de forma obligatoria, especificar una edad mínima para conducirlos, llevar matrícula o contar con un seguro. Aunque son temas que la DGT está considerando modificar en un futuro. Dicho esto, cabe recordar que cada municipio puede aplicar reglas más restrictivas a este tipo de vehículos.